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Autor María Areta Martínez |
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Refinar la cercaDeterminación del hecho causante de la prestación por nacimiento y cuidado de menor solicitada por el padre cuya filiación biológica no matrimonial ha sido declarada por sentencia judicial firme / María Areta Martínez in Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 9 (2025)
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Títol : Determinación del hecho causante de la prestación por nacimiento y cuidado de menor solicitada por el padre cuya filiación biológica no matrimonial ha sido declarada por sentencia judicial firme Tipus de document : document electrònic Autors : María Areta Martínez, Autor Data de publicació : 2025 títols uniformes : Espanya. Real decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido del estatuto de los trabajadores (2/2015) Article a la pàgina : 10 p Idioma : Castellà (spa) Matèries : Dret del treball
TOP:Seguretat social:Infraccions i sancionsClassificació : 349.243 DISCIPLINA EN EL TREBALL. INFRACCIONS DEL TREBALLADOR. SANCIONS LABORALS (de l’empresa al treballador) Resum : El artículo 58.2 del ET dispone que las sanciones disciplinarias por faltas muy graves (y también por faltas graves) deben comunicarse por escrito a la persona trabajadora, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan. La STS-SOC núm. 846/2025, de 1 de octubre (RCUD núm. 2351/2023), declara que la sanción disciplinaria es nula porque la comunicación escrita remitida por la empresa a la persona trabajadora no fija su fecha de efectos ni recoge un criterio objetivo y razonable que permita concretar de algún modo su fecha de cumplimiento, quedando supeditada tal concreción a la decisión unilateral de la empresa. En el caso ahora examinado, la empresa comunica a la trabajadora una sanción de suspensión de empleo y sueldo durante 16 días por una falta muy grave, señalando que el cumplimiento de la sanción le será comunicado con antelación suficiente. El TS concluye que la sanción impuesta es nula, ex artículo 115.1.d) de la LRJS, por no observar el requisito formal del artículo 58.2 del ET. Enllaç al recurs electrònic : https://doi.org/10.55104/RJL_00688 Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=9096
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 9 (2025) . - 10 p[article] Determinación del hecho causante de la prestación por nacimiento y cuidado de menor solicitada por el padre cuya filiación biológica no matrimonial ha sido declarada por sentencia judicial firme [document electrònic] / María Areta Martínez, Autor . - 2025 . - 10 p.
Oeuvre : Espanya. Real decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido del estatuto de los trabajadores (2/2015)
Idioma : Castellà (spa)
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 9 (2025) . - 10 p
Matèries : Dret del treball
TOP:Seguretat social:Infraccions i sancionsClassificació : 349.243 DISCIPLINA EN EL TREBALL. INFRACCIONS DEL TREBALLADOR. SANCIONS LABORALS (de l’empresa al treballador) Resum : El artículo 58.2 del ET dispone que las sanciones disciplinarias por faltas muy graves (y también por faltas graves) deben comunicarse por escrito a la persona trabajadora, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan. La STS-SOC núm. 846/2025, de 1 de octubre (RCUD núm. 2351/2023), declara que la sanción disciplinaria es nula porque la comunicación escrita remitida por la empresa a la persona trabajadora no fija su fecha de efectos ni recoge un criterio objetivo y razonable que permita concretar de algún modo su fecha de cumplimiento, quedando supeditada tal concreción a la decisión unilateral de la empresa. En el caso ahora examinado, la empresa comunica a la trabajadora una sanción de suspensión de empleo y sueldo durante 16 días por una falta muy grave, señalando que el cumplimiento de la sanción le será comunicado con antelación suficiente. El TS concluye que la sanción impuesta es nula, ex artículo 115.1.d) de la LRJS, por no observar el requisito formal del artículo 58.2 del ET. Enllaç al recurs electrònic : https://doi.org/10.55104/RJL_00688 Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=9096 La modificación unilateral del objeto del contrato de trabajo para obra o servicio determinado en el sector de contact center: ¿fraude de ley 'ab initio' o fraude de ley sobrevenido? / María Areta Martínez in Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 8 (octubre 2021)
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Títol : La modificación unilateral del objeto del contrato de trabajo para obra o servicio determinado en el sector de contact center: ¿fraude de ley 'ab initio' o fraude de ley sobrevenido? Tipus de document : document electrònic Autors : María Areta Martínez, Autor Data de publicació : 2021 Idioma : Castellà (spa) Matèries : Contractes de treball
Treball i treballadorsClassificació : 349.23 CONTRACTE DE TREBALL EN GENERAL Objecte, causa i consentiment, forma,documentació, etc. Resum : El contrato de trabajo para obra o servicio determinado vinculado a una contrata mercantil se transforma en indefinido cuando el empresario amplía unilateralmente su objeto para dar cabida a nuevas necesidades de la empresa cliente no recogidas en el encargo inicial, detectándose además que la actividad habitual de la empresa es la prestación de servicios a empresas clientes a través de contratas. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-20 [...] Format del recurs electrònic : Accés a l'article Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=7577
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 8 (octubre 2021)[article] La modificación unilateral del objeto del contrato de trabajo para obra o servicio determinado en el sector de contact center: ¿fraude de ley 'ab initio' o fraude de ley sobrevenido? [document electrònic] / María Areta Martínez, Autor . - 2021.
Idioma : Castellà (spa)
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 8 (octubre 2021)
Matèries : Contractes de treball
Treball i treballadorsClassificació : 349.23 CONTRACTE DE TREBALL EN GENERAL Objecte, causa i consentiment, forma,documentació, etc. Resum : El contrato de trabajo para obra o servicio determinado vinculado a una contrata mercantil se transforma en indefinido cuando el empresario amplía unilateralmente su objeto para dar cabida a nuevas necesidades de la empresa cliente no recogidas en el encargo inicial, detectándose además que la actividad habitual de la empresa es la prestación de servicios a empresas clientes a través de contratas. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-20 [...] Format del recurs electrònic : Accés a l'article Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=7577 Los requisitos de acceso a la pensión de jubilación anticipada por discapacidad en grado igual o superior al 45 % / María Areta Martínez in Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 3 (2024)
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Títol : Los requisitos de acceso a la pensión de jubilación anticipada por discapacidad en grado igual o superior al 45 % Tipus de document : document electrònic Autors : María Areta Martínez, Autor Data de publicació : 2024 Article a la pàgina : 10 p. Idioma : Castellà (spa) Matèries : Incapacitats laborals
Pensions de jubilació
TOP:Treball i treballadors:JubilacióClassificació : 349.64 VELLESA. JUBILACIÓ Resum : Hasta el 1 de junio de 2023, el acceso a la jubilación anticipada de una persona con discapacidad en grado igual o superior al 45 % quedaba supeditado, entre otros, a los tres requisitos siguientes: 1) estar afecta de una patología generadora de discapacidad listada en el Real Decreto 1851/2009, 2) tener reconocida la discapacidad listada en grado igual o superior al 45 % y 3) tener reconocido el grado de discapacidad igual o superior al 45 % durante todo el período mínimo de cotización de 15 años.
La cuestión planteada en la STS-SOC núm. 353/2024 consiste en determinar si cabe entender que la trabajadora ha tenido un grado de discapacidad igual o superior al 45 % durante todo el periodo de carencia. La Sala desestima el RCUD por falta de contradicción, pero ello no obsta para reflexionar sobre las dificultades que en ocasiones se han planteado en la práctica para acreditar el requisito en cuestión y que, en parte, traen su causa en: 1) los cambios en la normativa que regula el reconocimiento, la declaración y valoración del grado de discapacidad; 2) la agravación de la dolencia determinante de la declaración inicial de discapacidad; y 3) la aparición de nuevas dolencias susceptibles de valoración.
Desde el 1 de junio de 2023, tras la reforma operada por el Real Decreto 370/2023, basta que el grado de discapacidad igual o superior al 45 % se haya reconocido durante 5 de los 15 años del periodo mínimo de cotización.Enllaç al recurs electrònic : https://doi.org/10.55104/RJL_00529 Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=8536
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 3 (2024) . - 10 p.[article] Los requisitos de acceso a la pensión de jubilación anticipada por discapacidad en grado igual o superior al 45 % [document electrònic] / María Areta Martínez, Autor . - 2024 . - 10 p.
Idioma : Castellà (spa)
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 3 (2024) . - 10 p.
Matèries : Incapacitats laborals
Pensions de jubilació
TOP:Treball i treballadors:JubilacióClassificació : 349.64 VELLESA. JUBILACIÓ Resum : Hasta el 1 de junio de 2023, el acceso a la jubilación anticipada de una persona con discapacidad en grado igual o superior al 45 % quedaba supeditado, entre otros, a los tres requisitos siguientes: 1) estar afecta de una patología generadora de discapacidad listada en el Real Decreto 1851/2009, 2) tener reconocida la discapacidad listada en grado igual o superior al 45 % y 3) tener reconocido el grado de discapacidad igual o superior al 45 % durante todo el período mínimo de cotización de 15 años.
La cuestión planteada en la STS-SOC núm. 353/2024 consiste en determinar si cabe entender que la trabajadora ha tenido un grado de discapacidad igual o superior al 45 % durante todo el periodo de carencia. La Sala desestima el RCUD por falta de contradicción, pero ello no obsta para reflexionar sobre las dificultades que en ocasiones se han planteado en la práctica para acreditar el requisito en cuestión y que, en parte, traen su causa en: 1) los cambios en la normativa que regula el reconocimiento, la declaración y valoración del grado de discapacidad; 2) la agravación de la dolencia determinante de la declaración inicial de discapacidad; y 3) la aparición de nuevas dolencias susceptibles de valoración.
Desde el 1 de junio de 2023, tras la reforma operada por el Real Decreto 370/2023, basta que el grado de discapacidad igual o superior al 45 % se haya reconocido durante 5 de los 15 años del periodo mínimo de cotización.Enllaç al recurs electrònic : https://doi.org/10.55104/RJL_00529 Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=8536





