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Europa. Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, por la que se modifican el Reglamento 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE y se deroga la Directiva 1999/44/CE (2019/771) |
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La influencia predominante de las plataformas en línea y la responsabilidad contractual por los bienes y servicios subyacentes / Josep Maria Bech Serrat in Indret, núm. 2 (2024)
[article]
Títol : La influencia predominante de las plataformas en línea y la responsabilidad contractual por los bienes y servicios subyacentes Tipus de document : document electrònic Autors : Josep Maria Bech Serrat, Autor Data de publicació : 2024 títols uniformes : Europa. Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales (2019/770)
Europa. Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, por la que se modifican el Reglamento 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE y se deroga la Directiva 1999/44/CE (2019/771)Article a la pàgina : pp. 45-101 Idioma : Castellà (spa) Matèries : Comerç electrònic
Contractes d'arrendament de serveis
Dret de la Unió Europea
Internet
Responsabilitat contractual
Societat de la informació
Tribunal de Justicia de la Unió EuropeaClassificació : 347.445.5 Contractes en suport electrònic o informàtic Resum : La responsabilidad contractual de las plataformas en línea está siendo objeto de un intenso debate. Los operadores normalmente actúan como meros intermediarios y así suelen revelarlo con arreglo al art. 97 bis TRLGDCU, apartado 1, letra d), mientras que una corriente de opinión pretende hacerlos responder por los bienes y servicios subyacentes a partir de la influencia predominante que ejercen sobre los proveedores. El criterio tiene su origen en la jurisprudencia elaborada por el TJUE a propósito de los prestadores de servicios de la sociedad de la información. A falta de una regulación específica en la Unión Europea, el art. 20 de las Reglas modelo sobre intermediación en línea publicadas por el European Law Institute (ELI) constituye un hito importante en el debate. Este artículo se muestra partidario de acudir al Derecho de contratos. A este respecto primero aborda el principio de relatividad de los contratos y tantea si cabe incluir el contrato celebrado entre los dos grupos de usuarios, proveedores y clientes, entre las excepciones a la regla del art. 1257 I CC realizadas por la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo español con respecto a otros contratos y actividades económicas. A continuación, contrapone una responsabilidad por los bienes y servicios basada en la influencia predominante de las plataformas sobre los proveedores con la posibilidad de «levantar el velo» a partir de una distribución contractual de oportunidades y riesgos. Enllaç al recurs electrònic : https://doi.org/10.31009/InDret.2024.i2.02 Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=8527
in Indret > núm. 2 (2024) . - pp. 45-101[article] La influencia predominante de las plataformas en línea y la responsabilidad contractual por los bienes y servicios subyacentes [document electrònic] / Josep Maria Bech Serrat, Autor . - 2024 . - pp. 45-101.
Oeuvre : Europa. Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales (2019/770)
Europa. Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, por la que se modifican el Reglamento 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE y se deroga la Directiva 1999/44/CE (2019/771)
Idioma : Castellà (spa)
in Indret > núm. 2 (2024) . - pp. 45-101
Matèries : Comerç electrònic
Contractes d'arrendament de serveis
Dret de la Unió Europea
Internet
Responsabilitat contractual
Societat de la informació
Tribunal de Justicia de la Unió EuropeaClassificació : 347.445.5 Contractes en suport electrònic o informàtic Resum : La responsabilidad contractual de las plataformas en línea está siendo objeto de un intenso debate. Los operadores normalmente actúan como meros intermediarios y así suelen revelarlo con arreglo al art. 97 bis TRLGDCU, apartado 1, letra d), mientras que una corriente de opinión pretende hacerlos responder por los bienes y servicios subyacentes a partir de la influencia predominante que ejercen sobre los proveedores. El criterio tiene su origen en la jurisprudencia elaborada por el TJUE a propósito de los prestadores de servicios de la sociedad de la información. A falta de una regulación específica en la Unión Europea, el art. 20 de las Reglas modelo sobre intermediación en línea publicadas por el European Law Institute (ELI) constituye un hito importante en el debate. Este artículo se muestra partidario de acudir al Derecho de contratos. A este respecto primero aborda el principio de relatividad de los contratos y tantea si cabe incluir el contrato celebrado entre los dos grupos de usuarios, proveedores y clientes, entre las excepciones a la regla del art. 1257 I CC realizadas por la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo español con respecto a otros contratos y actividades económicas. A continuación, contrapone una responsabilidad por los bienes y servicios basada en la influencia predominante de las plataformas sobre los proveedores con la posibilidad de «levantar el velo» a partir de una distribución contractual de oportunidades y riesgos. Enllaç al recurs electrònic : https://doi.org/10.31009/InDret.2024.i2.02 Permalink : http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=8527